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¿Qué problemas resuelvo con un buen servicio contable en Guatemala?

¿Qué problemas resuelvo con un buen servicio contable en Guatemala?

La gestión contable es muy importante para cualquier negocio, independientemente de su tamaño o sector.  En Guatemala, la complejidad de las leyes fiscales y obligaciones tributarias, y las exigencias de mantener una operación rentable hacen que contar con un buen servicio contable sea imprescindible para el éxito empresarial. 

Con setenta años de experiencia brindando servicios de contabilidad, auditoría y asesoría financiera a pequeñas y medianas empresas en Guatemala, estamos conscientes que muchas veces el empresario no tiene tiempo o conocimiento suficiente para llevar a cabo una gestión contable adecuada.  

Por lo que en este artículo te compartimos  algunos de los problemas contables más comunes que enfrentan las empresa en Guatemala y la solución que un buen servicio contable puede proporcionar a la empresa.

Aspectos que puedes resolver con un buen servicio contable:

1. Multas por no presentar impuestos

Estas las podemos evitar llevando un calendario de vencimiento de impuestos que nos permita cumplir con las obligaciones tributarias en sus fechas establecidas.

2. Multas por errores en la consignación de datos en los Formularios de Impuestos

Estas se generan al omitir por error facturas de ingresos o equivocaciones en los montos que se registran en los formularios de impuestos. 

Para evitar este tipo de multas es necesario tener procesos de revisión y cuadre de la información que se consigna en dichos formularios. 

3. Contabilidad atrasada

Por medio de la contabilidad toda empresa puede evaluar el estado financiero de la misma, por lo que es necesario hacer los registros contables mensualmente para que la contabilidad esté al día y permita una mejor toma de decisiones. 

4. Libros Contables no autorizados (SAT)

Es obligatorio tener Libros Contables autorizados y mantenerlos al día para evitar multas al momento de una revisión o auditoría por parte de SAT.

5. Requerimientos de SAT

A través de un buen manejo de la contabilidad y las obligaciones tributarias, la empresa puede evitar requerimientos por parte de SAT o solventarlos en caso se dieran.

Un buen servicio contable no es un gasto, es una inversión que te permitirá operar con tranquilidad y enfocarte en alcanzar tus metas empresariales. Por lo que es importante que cuentes con un servicio contable profesional y de experiencia, que sea tu aliado para manejar estos y otros aspectos que pueda necesitar tu empresa.

No dejes que la falta de tiempo o conocimiento afecte la estabilidad y el crecimiento de tu empresa. Con nuestro servicio contable, garantizamos que tu negocio cumpla con todas sus obligaciones fiscales, evitando riesgos y optimizando sus recursos.

Contáctanos hoy mismo y recibe asesoría personalizada de expertos con más de 66 años de experiencia.

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Ordenando tu Empresa

Ordenando tu empresa

Recientemente fuimos invitados a participar en MOLVU FM – Programa de Negocios, emprendimiento y tendencias, para conversar del tema «Ordenando tu Empresa» pues deseamos ayudar a empresarios a solucionar sus dudas respecto a la Importancia de Lograr un Orden Financiero, Contable y Fiscal en su empresa. 

Abordamos temas que sabemos serán de tu interés y utilidad, por lo que te invitamos a ver la transmisión.  Y si prefieres la lectura, abajo te dejamos un resumen de la entrevista. 

¿Qué tanta importancia tiene el Orden Financiero, Fiscal y Contable en una empresa?

Tener una empresa ordenada Financieramente, Fiscal y Contablemente es sumamente importante, pues este orden permite determinar si se están generando ganancias o pérdidas dentro de la misma y generar estrategias en función de lo que la empresa necesita.  Adicional, permite identificar cuando los procesos se están realizando incorrectamente y determinar la forma adecuada de optimizarlos.

En ocasiones se le da más importancia al Orden Fiscal y Contable, sin embargo el Financiero es el que permite determinar estrategias para corregir el rumbo de tu empresa.

Te contamos cuál es la diferencia entre cada uno de estos enfoques, para que puedas determinar si en tu empresa se está llevando el orden adecuado:

Orden Fiscal: Se refiere a la responsabilidad que la empresa tiene de presentar las Declaraciones Tributarias y estar al día con el pago de impuestos a la SAT.  Al contar con el apoyo de un Asesor Financiero, podrás tener una estrategia fiscal de acuerdo a la realidad de tu negocio.

Orden Contable: Consiste en que un contador opere los movimientos realizados de la empresa en los libros obligatorios, según el régimen en que la misma se encuentre inscrita ante la SAT.  Los libros contables que existen son: Diario, Mayor, Estados Financieros, Inventario, Compras y Ventas.

Orden Financiero:  Te permite tener mensualmente una visión de lo que gastas y ganas en cada unidad generadora de venta en tu empresa (tiendas físicas, ventas en línea, canal de mayoreo, entre otros). Lo cual te permite medir e implementar estrategias para mejorar cada división comercial de tu empresa.

Todas las empresas son diferentes, implementan sistemas distintos y  tienen diferente forma de pensar.  Por lo que lo anterior lo logramos conociendo a cada uno de nuestros clientes, organizando e interpretando la data de la empresa. 

Nos apoyamos de Auxiliares como la Agencia Virtual, Estados de Cuenta Bancarios y Controles de la empresa, para cotejar la información y generar los tres Estados Financieros Básicos que utilizamos para conocer la empresa y crear estrategias que impacten en su futuro. (Estado de Resultados, Balance General y Flujo de Caja).

Conoce más de nuestro servicio de Asesoría Financiera aquí.

¿Se puede empezar un negocio desordenado e ir corrigiendo en el camino? ¿Cuál es el costo de no hacerlo?

La realidad es que todas las pequeñas y medianas empresas empiezan desordenadas.  Y sí es posible que se vayan ordenando en el camino, teniendo los procesos adecuados. 

Esto sucede porque lo primero que hay en un nuevo negocio es ilusión, la ilusión de estar haciendo lo que a uno le gusta.  Y en ese momento no se le da importancia a saber si está ganando o está perdiendo, porque no es el objetivo principal.

La complicación viene cuando el negocio empieza a crecer, es allí cuando las personas deben darse cuenta si les gusta lo que están haciendo y si realmente es rentable.  En ese punto, el costo de no estar ordenado serán: dolores de cabeza, preocupaciones, estar siempre alterado y darte cuenta que tus ilusiones no te llevarán al éxito, porque no cuentas con efectivo y necesitas pedir préstamos a los bancos y la familia.

¿Cuál es el principal problema que hemos encontrado en las empresas?

El problema principal es que las empresas no manejan un presupuesto.  Y si manejan uno, no se preocupan de revisar lo que realmente gastaron, con lo que tenían presupuestado.

Para que las empresas puedan obtener ganancias satisfactorias es necesario que se tracen el objetivo de saber: a dónde quieren llegar con sus ventas, cuánto quieren que les cueste y en qué van gastar.  Y esto se logra estableciendo un presupuesto anual y revisando mensualmente si se cumple, y si no, determinar por qué no se está cumpliendo para corregirlo.

¿Cuáles son los puntos clave que uno tiene que tener en cuenta para abrir una empresa?

Por muy pequeña que sea la empresa, lo principal es proyectar qué es lo que se va a hacer y establecer todos los costos y gastos para poder analizar el Régimen en el que es conveniente inscribirla, para el pago justo de impuestos.

¿Por qué pagar una Asesoría no es lo mismo que pagar una empresa de Contabilidad?

La mentalidad del Financiero es totalmente diferente a la del Contador.  El Contador es operador de números y el Financiero es quien los analiza. El Asesor Financiero se enfoca en ver la relación que hay entre el costo y las ventas, porque definitivamente el costo de lo que vendemos es la columna vertebral de un Estado de Resultados.

Conoce nuestra sección de Preguntas Frecuentes respecto al Servicio de Asesoría Financiera aquí.

Últimos consejos

Orden Financiero Fiscal Contable

Fernando Grajeda

Muchas veces los empresarios se preguntan ¿en dónde está el dinero?, al inicio puede que no se vea porque siempre está en movimiento. Pero si uno toma el camino adecuado y busca asesoría de un experto, va a llegar a tener un final feliz pudiendo determinar dónde está el dinero de las utilidades de la empresa.

Orden Financiero Fiscal Contable

Ana Beatriz Hernández

Último consejo para todas las pequeñas y medianas empresas. No mezclen los gastos personales con los de la empresa, porque ya no podemos definir qué es lo que realmente está gastando la empresa y qué es personal, por consiguiente no se va a poder determinar la realidad de la misma.  Lo recomendable es asignarse desde el inicio un sueldo, el sueldo que la empresa nos puede pagar y no el sueldo que uno como persona quisiera recibir. 

Cuando nos preguntamos cuáles son los indicadores ideales para medir la sanidad de una empresa, son muchas las respuestas que uno puede darse. Sin embargo, para hacerlo de una forma sencilla, tomemos que la venta es el 100% y la utilidad neta la ubicamos entre un 12 y 18%, los demás gastos se distribuyen según la operación de la empresa. Adicional, es indispensable que cada empresa cuente con un Plan de Negocios para saber qué estrategias utilizar para llegar a la meta.

Si estás interesado en conocer la realidad de tu negocio y evaluar estrategias que te ayuden a mejorar tu situación actual,  te invitamos a registrarte haciendo clic en el siguiente botón para obtener un Diagnóstico Financiero Gratuito.

¡Es el momento de poner orden en tu empresa y garantizar un futuro financiero exitoso! Con nuestra Asesoría Financiera, tendrás el control total sobre las finanzas de tu negocio, optimizando recursos y tomando decisiones estratégicas que te acerquen a tus metas.

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Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente

Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente

En Guatemala existen varios regímenes fiscales, pero conoces el ¿Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente?

El Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente fue introducido en la legislación fiscal con el Decreto 7-2019 del Congreso de la República.

Dicho régimen fue creado para incentivar a la población a inscribirse formalmente como contribuyentes.

Es importante comprender que, aunque el Régimen Pequeño Contribuyente y el Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente tienen nombres similares y un límite permitido para facturar anualmente de (Q150,000.00), no declaran de la misma manera.

¿En qué consiste el Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente?

Este régimen fiscal es el de menor tipo impositivo hasta el momento, pues si se hace efectivo el pago del impuesto en los primeros 10 días hábiles del mes, se paga un 4% sobre lo facturado del período a declarar.

Además, los contribuyentes inscritos en este régimen deberán llevar su documentación de manera electrónica, para ello la SAT ha facilitado las herramientas de LET (Libro Electrónico Tributario) y FEL (Factura Electrónica en Línea).

Las herramientas mencionadas anteriormente, están disponibles en la Agencia Virtual de manera gratuita, sin embargo, uno de los requisitos indispensables para poder utilizarlas es el registro de una cuenta bancaria para el débito automático del impuesto.

¿Qué ocurre si el contribuyente no cuenta con fondos suficientes en la cuenta registrada?

Si el contribuyente no cuenta con los fondos suficientes para cubrir dicho impuesto,  podrá hacerlo después del periodo mencionado, pero deberá hacerlo mediante el formulario SAT-2241 disponible en Declaraguate, pagando un 5% sobre lo facturado del período a declarar.

Dicho formulario deberá ser pagado de manera virtual, pues no es posible hacer efectivo el pago en una ventanilla bancaria.

¿Está afecto a Retención de IVA?

Este régimen fiscal no está afecto a retención de IVA, pues al otorgar acceso a una cuenta bancaria la SAT evita intermediarios para el pago del impuesto.

Por lo anterior, se emite una resolución en las facturas con las siguientes frases: “No retener, resolución No. XXX” y “No genera derecho a crédito fiscal”.

Conclusión final

El Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente es de los más sencillos y de mayor automatización.  Por su manera de declaración evita omisos y también inconsistencias, pues éste determina el impuesto a pagar según las facturas registradas en SAT, evitando errores humanos al colocar el total de ingresos.

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Regímenes de ISR para contribuyentes normales

Reg

Toda empresa individual o jurídica inscrita ante la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT–, está sujeta obligadamente a un Régimen de ISR –Impuesto sobre la Renta–. 

Muchos contribuyentes no tienen conocimiento respecto a los mismos, y en ocasiones se inscriben en un régimen que no les ayuda en cuanto a su pago de impuesto.

Este artículo explica cuántos son, cómo se llaman, de qué se trata cada uno y en qué circunstancias le conviene a cada contribuyente estar inscrito en uno u otro régimen.

¿Cuántos Regímenes de ISR son y cómo se llaman?

Los regímenes son dos y sus nombres son los siguientes:

  1. Régimen opcional simplificado sobre ingresos de actividades lucrativas.
  2. Régimen sobre las utilidades de actividades lucrativas.

¿De qué se trata cada uno?

1. Régimen opcional simplificado sobre ingresos de actividades lucrativas.

Este régimen se refiere a los pagos mensuales de ISR, la manera de calcularlo es: 5% sobre los primeros Q30,000.00 de ingresos y 7% sobre el excedente.

Ejemplo:

Con una facturación en el mes de Q65,000 sin IVA, el procedimiento para el cálculo es el siguiente:

Q30,000 * 5% =Q1,500 (los primeros Q30,000) y después Q65,000 – Q30,000 = Q35,000 esto por el 7% da Q2,450. Entonces el total a pagar es la suma de los 2 impuestos calculados, Q1,500 + Q2,450 = Q3,950.

Importante:

  • Esto se hace en el formulario SAT-1311.
  • El plazo para la presentación y pago del impuesto son los primeros 10 días hábiles del mes siguiente.
  • A fin de año se debe presentar una Declaración Jurada Anual, únicamente como información del movimiento del año, por medio del formulario SAT-1411.

2. Régimen sobre las utilidades de actividades lucrativas

Este régimen se refiere a los pagos trimestrales de ISR.  Existen 2 formas de calcular y pagar el impuesto:

  1. Haciendo cierres parciales trimestralmente (se refiere específicamente a un estado de pérdidas y ganancias; es decir, ingresos menos egresos) donde se paga el 25% sobre la utilidad.
  2. Pagando un 25% sobre el 8% de una renta imponible del total de las rentas brutas del trimestre.  

Ejemplo:

  1. Si en el estado de pérdidas y ganancias se determina una utilidad de Q40,000 se debe realizar la siguiente operación: Q40,000 * 25% = Q10,000, en donde el resultado será el total a pagar.
  2. Si el total de ingresos en el trimestre es de Q489,000 el cálculo es el siguiente: Q489,000 * 8% = Q39,120 esto por el 25% da Q9,780.00 y ese es el pago que debe realizarse.

Importante:

  • Esto se hace en el formulario SAT-1361.
  • El plazo para la presentación y pago del impuesto es dentro del mes siguiente de concluidos los 3 meses.
  • Se presenta además una Declaración Jurada Anual de liquidación dentro de los primeros tres meses del año calendario inmediato, por medio del Formulario: SAT-1411.

¿Cuál es el régimen adecuado para cada empresa?

Para determinar cuál es el régimen adecuado para cada empresa, se debe realizar un análisis con base a ciertos movimientos contables durante un tiempo prudencial, regularmente se hace sobre un año fiscal, en este caso sería del 01 de enero al 31 de diciembre del mismo año.

Dicha información debe ser lo más exacta y real posible, para que el resultado de la proyección que se está realizando sea lo más apegada a la realidad futura.

Para realizar este análisis de forma sencilla podemos tomar en cuenta el total de ingresos y egresos del periodo que servirá para hacer la proyección.

Para que los egresos sean deducibles (es decir, que se puedan rebajar de los ingresos para tener una menor utilidad) los documentos deben ser legales y estar debidamente autorizados; como facturas, recibos, pólizas de importación, contratos, notas de débito, notas de crédito, etc.

Las empresas que tienen un ingreso alto y pocos egresos, obtienen como resultado una mayor utilidad. Las empresas que tienen egresos muy similares a sus ingresos tienen como resultado menor utilidad.

Tomando lo anterior como base, y de una manera de fácil comprensión:

  • Las empresas con bastante ingreso y poco egreso, les conviene inscribirse en el régimen de pagos mensuales, es decir, el pago sobre ingresos.
  • Las empresas que tienen egresos similares a los ingresos, les conviene inscribirse en el régimen de pagos trimestrales, es decir, pago sobre utilidades, ya que no tendrán una utilidad alta y así pagarán menos impuesto.

Base legal: Artículos 14; 36 al 39; 43 al 45; 49 del decreto 10-2012 del Congreso de la República de Guatemala.

Recuerda que solo en el mes de diciembre de cada año puedes cambiarte de Régimen de ISR.  

¿Necesitas Asesoría para establecer el Régimen de Impuestos más conveniente para tu empresa? 

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Deducción Fiscal de Sueldos en periodo de prueba

Deducción fiscal de sueldos en periodo de prueba

Muchas veces hemos escuchado que a los trabajadores en periodo de prueba no se les debe de pagar prestaciones laborales como el IGSS, pero ¿Qué tan cierto es esto? ¿Cómo afecta a una empresa en sus impuestos?

Las deducciones en materia fiscal son específicas en cuanto a los sueldos pagados a los trabajadores.

Periodo de prueba

El periodo de prueba estipulado en el Art. 81 del Código de Trabajo, indica que este no puede ser mayor a 2 meses, pero sí puede reducirse si es pactado entre patrono y empleado.

Durante dicho lapso, el patrono no está obligado a pagar indemnización si decidiera dar por concluida la relación laboral durante este periodo.

Sin embargo, sí está obligado al pago de las prestaciones de ley proporcionalmente, ya que, en materia laboral, cuando se da la relación de trabajo se originan derechos irrenunciables a favor del empleado.

Por lo tanto, el trabajador tiene derecho a las prestaciones desde el inicio de la relación laboral.

Deducción Fiscal

Para que estas erogaciones sean deducibles, es necesario que el empleador reporte, al seguro social,  el sueldo del empleado desde un inicio; ya que en el inciso “F”, artículo 23 del decreto 10-2012, Ley de Actualización Tributaria, indica que no serán deducibles los sueldos, salarios y prestaciones laborales que no estén registrados con las planillas de IGSS declaradas.

Así mismo, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, en su acuerdo 118 artículo 5, dictamina que para que un sueldo sea tomado en planilla de pago de seguridad social, deberá estar registrado en los libros contables para la determinación de la contribución.

Conclusión final

Teniendo en cuenta lo anterior, concluimos que los sueldos en periodo de prueba y prestaciones que se originan por la relación laboral, únicamente serán aceptados como deducibles de impuestos si se cumple con lo dictaminado en el decreto 10-2012.

Si tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos.

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La diferencia entre el Informe de Inventarios y el Libro de Inventarios

Diferencia entre Informe y Libro de Inventarios

A lo largo de nuestro ejercicio profesional, hemos podido detectar que existe una confusión al hablar del Informe de Inventarios y el Libro de Inventarios, por lo que este artículo tiene la finalidad de aclarar en qué consiste cada uno de ellos.

Informe de Inventarios

¿Qué es un Informe de Inventarios?

El informe de inventarios es un detalle que se presenta a la SAT, de las mercaderías disponibles para la comercialización dentro una empresa mercantil. Su fin primordial es reportar la cantidad de artículos disponibles para la venta y el costo total de adquisición de las mismas.

Los datos principales que debe contener el informe de inventarios son los siguientes:

  • Un código de referencia establecido por la empresa, para detallar cada artículo
  • Descripción del producto de forma clara
  • Unidad de medida
  • Cantidad
  • Costo unitario
  • Valor total

¿Es necesario elaborar un Informe de Inventarios?

Sí, es necesario ya que el valor total del mismo deberá registrarse en el estado de resultados. Además, es un requisito establecido en la Ley de Actualización Tributaria a los contribuyentes inscritos bajo el Régimen de ISR sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas.

¿Cuándo debe presentarse el Informe de Inventarios?

La presentación de este informe está dividida por semestres, por lo que cada año, el primer informe deberá contener la información del 1 de enero al 30 de junio y el segundo informe deberá contener la información del 1 de julio al 31 de diciembre.  Presentándose el último día del mes de julio y enero respectivamente.

Para presentar dicho informe es necesario cumplir con un formato especial que se encuentra en el portal SAT.

Libro de Inventarios

Según el artículo 368 del Decreto 2-70 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Comercio, establece que los comerciantes están obligados a llevar una contabilidad organizada, para tal efecto deberán llevar los siguientes libros o registros:

  1. Inventarios
  2. De primera entrada o diario
  3. Mayor o centralizador
  4. Estados Financieros

¿Qué es el Libro de Inventarios?

El libro de Inventarios es básicamente una copia del Balance General o también conocido como Estado de Situación Financiera, con la salvedad de que el libro de inventarios deberá ser lo más detallado posible. 

El Libro de Inventarios debe contener los derechos (activo) y obligaciones (pasivo) con los que cuenta un comerciante, sin importar el régimen al cual estén inscritos ante la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- y que estos estén obligados a llevar una contabilidad completa.

¿Qué datos debe contener el Libro de Inventarios?

Si bien se mencionó anteriormente que el Libro de Inventarios es básicamente una copia del Balance General, se recomienda contar con reportes auxiliares que respalden el Libro de Inventarios, tales como lo son informes de inventarios, integración de cuentas por cobrar, cuentas por pagar y todos los que sean necesarios para dar soporte a los datos contenidos.

El Código de Comercio establece que en el Libro de Inventarios se deberá detallar las cuentas bancarias de la siguiente manera:

  • Nombre del banco
  • El número de cuenta
  • Indicar si la cuenta es monetaria o de ahorro
  • Indicar si es en quetzales o en dólares

Es necesario cumplir con estos lineamientos, ya que de no cumplirlos, la sanción implica una multa de Q 5,000.00 cada vez que se le fiscalice al contribuyente.

En conclusión, podemos resumir que el Informe de Inventarios y el Libro de Inventarios son dos aspectos diferentes, para aquellas empresas que estén afectas a dichas obligaciones y cada uno tiene un fin determinado.  Si tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos.

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Accionistas protegidos por el Régimen de Seguridad Social

Accionistas protegidos por el Régimen de Seguridad Social

Según el acuerdo número 1123 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, en su artículo 6, exclusivamente para el caso de las sociedades mercantiles, se dispone lo siguiente:

b) “Cuando los dos representantes legales acreditados en una inscripción patronal, sean accionistas o socios de la misma, dichas personas no están obligadas a reportarse como trabajadores en la planilla de Seguridad Social, salvo que los mismos soliciten por escrito su deseo de ser protegidos por el Régimen de Seguridad Social.”

Beneficio Contable

Si la empresa se encuentra inscrita en el Régimen sobre utilidades opción A, en el cual se determina el pago sobre la utilidad de la misma, se podrá reportar el salario de los accionistas, por estar incluidos dentro de la planilla presentada al seguro social.

Según el artículo 39, costos y gastos del decreto 4-2012, inciso “e) no serían deducibles si no se encuentran acreditados con la copia de la planilla de las contribuciones a la seguridad social, presentada al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.”

Procedimiento para acreditar a un accionista a la planilla -IGSS- de la empresa

Se deben presentar los siguientes documentos en las oficinas del IGSS:

  • Carta membretada dirigida a la Dirección de Recaudación, Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. Los datos que debe contener dicha carta membretada son: nombre completo, número de DPI, afiliación IGSS, nombre y número patronal de la empresa a la cual se solicita agregar al accionista. 
  • Copia de DPI del accionista
  • Representación legal

Luego de haber presentado los documentos, se debe esperar el plazo de tiempo indicado por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social – IGSS-, para programar la segunda cita.

Documentos a preparar para la segunda cita

Los documentos que se requieren para la segunda cita son los siguientes:

  1. Nómina de salario, en la cual el accionista ya tendrá que aparecer como un trabajador reportado en la planilla, con un salario mínimo de Q3,500.00.
  2. Libros contables diario y mayor respectivamente actualizados.
  3. Contratos de trabajo.
  4. Libro de salarios, si la empresa cuenta con más de diez trabajadores.

Condiciones

Para que la acreditación de accionistas al Régimen de Seguridad Social se pueda realizar, la empresa deberá cumplir con las siguientes condiciones:

  • Estar constituida como Sociedad Mercantil
  • Estar debidamente inscrita al Seguro Social y tener su número patronal

Importante tomarlo en cuenta

Para dar seguimiento al trámite y que los Accionistas queden protegidos por el Régimen de Seguridad Social, es indispensable que a partir de la fecha en que se ingresa el expediente para solicitar la acreditación al Régimen de Seguridad Social, se agregue al accionista a la nómina de la empresa y a la planilla del IGSS.

La empresa deberá descontar la cuota laboral del 4.83% sobre su salario y además pagar el 12.67% de cuota patronal.

El procedimiento es válido únicamente para dos accionistas de la empresa.

Si tienes alguna consulta, con gusto podemos asesorarte. ¡Contáctanos!

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FEL Régimen de Factura Electrónica en Línea

FEL Factura Electrónica en Línea

Si aún no te has cambiado al Régimen FEL porque te causa temor la era digital o crees en los mitos negativos de la Factura Electrónica, este artículo será de interés para ti.

El Régimen de Factura Electrónica en Línea FEL, entró en vigencia el 23 de mayo de 2018, por medio del “Acuerdo de directorio 13-2018”, el cuál fue publicado en el Diario de Centro América el día miércoles 02 de mayo del mismo año.

El mismo fue reformado por el “Acuerdo 26-2019” y publicado por el Diario de Centro América el 27 de noviembre de 2019.

¿Qué es FEL?

La Superintendencia de Administración Tributaria SAT, establece la Factura Electrónica en Línea como un documento igual a la factura en papel, pero que es registrada electrónicamente.

Es importante mencionar que al hablar del Régimen FEL, no se refiere únicamente a la Factura, sino que existen otros Documentos Tributarios Electrónicos (DTE), los cuales se emiten y autorizan de forma electrónica.

  • Factura
  • Factura de pequeño contribuyente
  • Nota de crédito
  • Nota de débito
  • Nota de abono
  • Factura especial
  • Recibo de donación

¿Temes cambiarte a factura electrónica?

Desde que salió a la luz la noticia del nuevo Régimen Electrónico, ha existido polémica entre los contribuyentes, pues temen a que el ente recaudador guatemalteco los tenga controlados instantáneamente.

Sin embargo, el hecho que las facturas emitidas se encuentren en los servidores de la SAT, no es un riesgo como tal, sí cuentan con los controles internos adecuados para la emisión de los documentos y la correcta elaboración de la contabilidad.

Así mismo, existe la creencia errónea que inscribirse en el Régimen FEL es muy complicado y engorroso, sin embargo, solo se necesita contar con Agencia Virtual, tener actualizado los datos del RTU, estar al día con los impuestos y tener un establecimiento activo.

¿Sabes cuáles son los beneficios del Régimen de Factura Electrónica?

1.

Fácil habilitación al Régimen FEL, por medio de la Agencia Virtual.

2.

Puedes utilizar la plataforma de SAT para emitir los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) es gratuita y eficaz.  Sin embargo, si el movimiento de la empresa lo requiere, debes utilizar los servicios de un certificador externo e independiente, lo cual conlleva un costo mensual.

3.

Utilizar el Régimen FEL representa un ahorro para la empresa, ya que no será necesario pagar a una imprenta para la impresión de los documentos (factura, nota de crédito, nota de débito, nota de abono, factura especial, recibo de donación, etc.).

4.

El Régimen de Factura Electrónica en Línea FEL también brinda tranquilidad al contribuyente, ya que no tendrá que estar pendiente de la fecha de vencimiento de las facturas, pues las mismas no caducan. 

5.

La Factura Electrónica proporciona un ahorro en gastos de papel y a la vez contribuye con nuestro planeta, debido a que las facturas pueden ser emitidas desde un celular o computadora y ser enviadas por correo electrónico, WhatsApp, Messenger o cualquier medio de comunicación.

6.

Con la factura electrónica se resolverá el problema de la pérdida de dichos documentos, porque podrás consultar los emitidos y recibidos, desde tu agencia virtual, aún hasta desde la misma aplicación para móvil en Android y IOS.

7.

Podrás consultar y emitir facturas desde cualquier parte del mundo, únicamente con un celular o computadora y con conexión a internet.

Si necesitas ayuda para trasladarte al Régimen FEL y asesoría en tus asuntos contables, no dudes en contactarnos haciendo click aquí.

¡¡Con gusto podemos apoyarte!!

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Cumplimiento de normativa relacionada a la bancarización en Guatemala

Cumplimiento de normativa relacionada a la bancarización en Guatemala

En Guatemala la bancarización se utiliza en el aspecto tributario como un instrumento que permite a la Administración Tributaria la fiscalización de los contribuyentes, ya que por medio de su información financiera busca determinar si se ha efectuado el cálculo y pago de impuestos de forma adecuada. Además, el incumplimiento de sus requerimientos genera imposición de sanciones.

¿A partir de qué monto aplica la Bancarización en Guatemala?

En este sentido, una de las principales reformas se presenta en el Decreto 20-2006 “Disposiciones para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria”.

Dicha reforma expresa que los pagos que realicen los contribuyentes para respaldar los costos y gastos que constituyan créditos fiscales para efectos tributarios a partir de Q. 30,000.00 deben realizarse por cualquier medio que faciliten los bancos del sistema, distintos al dinero en efectivo, incluyendo los pagos por medio de tarjetas de crédito, débito y otros medios similares.

Es importante mencionar que esta normativa considera que existe una sola operación cuando se realizan pagos a un mismo proveedor durante un mes calendario o cuando en una operación igual o superior al monto indicado, el pago se efectúe parcialmente o fraccionado. En ambos casos se deben utilizar los medios indicados, de lo contrario no se podrá considerar el gasto como deducible y no podrá generar crédito fiscal.

Aspectos importantes de la Bancarización según el Código de Comercio

El Código de Comercio en el artículo 368 bis. Indica que los comerciantes obligados a llevar contabilidad deberán registrar todas las cuentas bancarias que utilicen para realizar sus transacciones mercantiles e inversiones que se originen del capital o de los recursos financieros de la entidad, independientemente si se apertura dentro o fuera de Guatemala.

Es importante mencionar que las cuentas bancarias deben aparecer detalladas en el libro de inventarios especificando el número de cuenta, la institución bancaria en que se encuentra, el tipo de cuenta y el monto al cierre del ejercicio contable.

Este artículo también indica que las inversiones deben detallar el monto, la clase de inversión, la institución en que se encuentra y de ser extranjera deberá indicar el país donde se ubica.

Además, las partidas contables que se realicen en el libro diario deben estar soportadas por los documentos que originan estas transacciones.

¿Es obligatorio realizar conciliaciones bancarias?

La SAT, cumpliendo con su función de fiscalizar, podrá solicitar conciliaciones bancarias, estados de cuenta y los medios de pago emitidos para verificar alguna transacción comercial, por medio de un requerimiento de información o alguna otra notificación.

De este modo, si el contribuyente no cuenta con dicha información o se niega a proporcionarla, incurre en lo que se conoce como Resistencia a la Acción Fiscalizadora de la SAT, la cual se encuentra tipificada en el artículo 93 del Código Tributario.

¿Cuánto tiempo debo conservar mis registros bancarios?

El Código Tributario establece que es una obligación de los contribuyentes y responsables, conservar todos los libros, documentos y estados de cuenta bancarios de forma ordenada, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años, cuando estén relacionados con sus actividades económicas y se puedan utilizar para establecer la base imponible de los tributos y comprobar la cancelación de sus obligaciones tributarias.

Sanciones aplicables referentes a la Bancarización

Este artículo establece que se impondrá una sanción cuando se omita el registro, en los libros de contabilidad, de las cuentas bancarias e inversiones que posea en los distintos bancos o grupos financieros nacionales y extranjeros.

También se considera omisión a este artículo el no elaborar conciliaciones bancarias que determinen la razonabilidad del saldo contable y las partidas de diario, si no se cuenta con el documento que originó la transacción.

La sanción establecida para este incumplimiento es una multa equivalente al 1% de los ingresos brutos obtenidos por el contribuyente durante el último periodo mensual, trimestral o anual declarado en el régimen del impuesto a fiscalizar.

Recomendaciones

En conclusión, respecto a la Bancarización en Guatemala, podemos afirmar que es indispensable que cada contribuyente almacene de forma ordenada su información contable y financiera por un periodo de cuatro años y que antes de registrar una operación en la contabilidad verifique que cuenta con los documentos que puedan respaldar esa transacción.  

Así mismo, contar con esta información de forma oportuna facilita que se atiendan los requerimientos de información que la Administración Tributaria realiza constantemente sobre el tema de bancarización y disminuye el riesgo de ser sancionados con una multa por incumplimiento a las normativas vigentes en nuestro país.

Por lo tanto, ante la Bancarización en Guatemala, se vuelve necesario contar con el respaldo de una entidad con experiencia que se encargue de tener toda la información contable de tu empresa al día, que te permita disponer de ella ante cualquier situación de forma oportuna y te respalde ante cualquier requerimiento de información por parte de alguna de las entidades Fiscales/Legales.  En Grajeda Hermanos tenemos 65 años de experiencia.

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3 Tips para la presentación de la Declaración de ISR Trimestral

ISR Trimestral

Asegúrate de tomar en cuenta estos 3 Tips para la Declaración de ISR Trimestral.

1. Concilia tus ingresos

Recuerda que la Administración Tributaria puede considerar cualquier diferencia como omisión de ingresos y podría proceder a ajustar e imponer multas al momento de una revisión, por lo tanto, debes elaborar la conciliación de tus ingresos, comparando los ingresos presentados en las declaraciones de IVA del trimestre contra los ingresos a reflejar en la declaración de ISR Trimestral, con el objetivo de contar con tu integración respectiva.

2. Cuenta con tus Estados Financieros Trimestrales

Si la forma de cálculo de tu ISR Trimestral es mediante la opción de Cierres Parciales, debes contar con los Estados Financieros que integren detalladamente tu resultado trimestral respectivo, para cualquier fiscalización que se pueda dar en un futuro.

3. Revisa tu forma de acreditamiento

De acuerdo a la Ley del ISO, el ISR y el ISO pueden acreditarse entre sí, por lo que es importante revisar la forma de acreditamiento en el cual estás registrado para realizarlo correctamente en la declaración respectiva. Las formas de acreditamiento son:

  • ISO acreditable a ISR
  • ISR acreditable a ISO

Asegúrate de tomar en cuenta estas recomendaciones para la presentación de la Declaración de ISR Trimestral. 

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