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¿Qué problemas resuelvo con un buen servicio contable en Guatemala?

¿Qué problemas resuelvo con un buen servicio contable en Guatemala?

La gestión contable es muy importante para cualquier negocio, independientemente de su tamaño o sector.  En Guatemala, la complejidad de las leyes fiscales y obligaciones tributarias, y las exigencias de mantener una operación rentable hacen que contar con un buen servicio contable sea imprescindible para el éxito empresarial. 

Con setenta años de experiencia brindando servicios de contabilidad, auditoría y asesoría financiera a pequeñas y medianas empresas en Guatemala, estamos conscientes que muchas veces el empresario no tiene tiempo o conocimiento suficiente para llevar a cabo una gestión contable adecuada.  

Por lo que en este artículo te compartimos  algunos de los problemas contables más comunes que enfrentan las empresa en Guatemala y la solución que un buen servicio contable puede proporcionar a la empresa.

Aspectos que puedes resolver con un buen servicio contable:

1. Multas por no presentar impuestos

Estas las podemos evitar llevando un calendario de vencimiento de impuestos que nos permita cumplir con las obligaciones tributarias en sus fechas establecidas.

2. Multas por errores en la consignación de datos en los Formularios de Impuestos

Estas se generan al omitir por error facturas de ingresos o equivocaciones en los montos que se registran en los formularios de impuestos. 

Para evitar este tipo de multas es necesario tener procesos de revisión y cuadre de la información que se consigna en dichos formularios. 

3. Contabilidad atrasada

Por medio de la contabilidad toda empresa puede evaluar el estado financiero de la misma, por lo que es necesario hacer los registros contables mensualmente para que la contabilidad esté al día y permita una mejor toma de decisiones. 

4. Libros Contables no autorizados (SAT)

Es obligatorio tener Libros Contables autorizados y mantenerlos al día para evitar multas al momento de una revisión o auditoría por parte de SAT.

5. Requerimientos de SAT

A través de un buen manejo de la contabilidad y las obligaciones tributarias, la empresa puede evitar requerimientos por parte de SAT o solventarlos en caso se dieran.

Un buen servicio contable no es un gasto, es una inversión que te permitirá operar con tranquilidad y enfocarte en alcanzar tus metas empresariales. Por lo que es importante que cuentes con un servicio contable profesional y de experiencia, que sea tu aliado para manejar estos y otros aspectos que pueda necesitar tu empresa.

No dejes que la falta de tiempo o conocimiento afecte la estabilidad y el crecimiento de tu empresa. Con nuestro servicio contable, garantizamos que tu negocio cumpla con todas sus obligaciones fiscales, evitando riesgos y optimizando sus recursos.

Contáctanos hoy mismo y recibe asesoría personalizada de expertos con más de 66 años de experiencia.

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La diferencia entre el Informe de Inventarios y el Libro de Inventarios

Diferencia entre Informe y Libro de Inventarios

A lo largo de nuestro ejercicio profesional, hemos podido detectar que existe una confusión al hablar del Informe de Inventarios y el Libro de Inventarios, por lo que este artículo tiene la finalidad de aclarar en qué consiste cada uno de ellos.

Informe de Inventarios

¿Qué es un Informe de Inventarios?

El informe de inventarios es un detalle que se presenta a la SAT, de las mercaderías disponibles para la comercialización dentro una empresa mercantil. Su fin primordial es reportar la cantidad de artículos disponibles para la venta y el costo total de adquisición de las mismas.

Los datos principales que debe contener el informe de inventarios son los siguientes:

  • Un código de referencia establecido por la empresa, para detallar cada artículo
  • Descripción del producto de forma clara
  • Unidad de medida
  • Cantidad
  • Costo unitario
  • Valor total

¿Es necesario elaborar un Informe de Inventarios?

Sí, es necesario ya que el valor total del mismo deberá registrarse en el estado de resultados. Además, es un requisito establecido en la Ley de Actualización Tributaria a los contribuyentes inscritos bajo el Régimen de ISR sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas.

¿Cuándo debe presentarse el Informe de Inventarios?

La presentación de este informe está dividida por semestres, por lo que cada año, el primer informe deberá contener la información del 1 de enero al 30 de junio y el segundo informe deberá contener la información del 1 de julio al 31 de diciembre.  Presentándose el último día del mes de julio y enero respectivamente.

Para presentar dicho informe es necesario cumplir con un formato especial que se encuentra en el portal SAT.

Libro de Inventarios

Según el artículo 368 del Decreto 2-70 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Comercio, establece que los comerciantes están obligados a llevar una contabilidad organizada, para tal efecto deberán llevar los siguientes libros o registros:

  1. Inventarios
  2. De primera entrada o diario
  3. Mayor o centralizador
  4. Estados Financieros

¿Qué es el Libro de Inventarios?

El libro de Inventarios es básicamente una copia del Balance General o también conocido como Estado de Situación Financiera, con la salvedad de que el libro de inventarios deberá ser lo más detallado posible. 

El Libro de Inventarios debe contener los derechos (activo) y obligaciones (pasivo) con los que cuenta un comerciante, sin importar el régimen al cual estén inscritos ante la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- y que estos estén obligados a llevar una contabilidad completa.

¿Qué datos debe contener el Libro de Inventarios?

Si bien se mencionó anteriormente que el Libro de Inventarios es básicamente una copia del Balance General, se recomienda contar con reportes auxiliares que respalden el Libro de Inventarios, tales como lo son informes de inventarios, integración de cuentas por cobrar, cuentas por pagar y todos los que sean necesarios para dar soporte a los datos contenidos.

El Código de Comercio establece que en el Libro de Inventarios se deberá detallar las cuentas bancarias de la siguiente manera:

  • Nombre del banco
  • El número de cuenta
  • Indicar si la cuenta es monetaria o de ahorro
  • Indicar si es en quetzales o en dólares

Es necesario cumplir con estos lineamientos, ya que de no cumplirlos, la sanción implica una multa de Q 5,000.00 cada vez que se le fiscalice al contribuyente.

En conclusión, podemos resumir que el Informe de Inventarios y el Libro de Inventarios son dos aspectos diferentes, para aquellas empresas que estén afectas a dichas obligaciones y cada uno tiene un fin determinado.  Si tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos.

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FEL Régimen de Factura Electrónica en Línea

FEL Factura Electrónica en Línea

Si aún no te has cambiado al Régimen FEL porque te causa temor la era digital o crees en los mitos negativos de la Factura Electrónica, este artículo será de interés para ti.

El Régimen de Factura Electrónica en Línea FEL, entró en vigencia el 23 de mayo de 2018, por medio del “Acuerdo de directorio 13-2018”, el cuál fue publicado en el Diario de Centro América el día miércoles 02 de mayo del mismo año.

El mismo fue reformado por el “Acuerdo 26-2019” y publicado por el Diario de Centro América el 27 de noviembre de 2019.

¿Qué es FEL?

La Superintendencia de Administración Tributaria SAT, establece la Factura Electrónica en Línea como un documento igual a la factura en papel, pero que es registrada electrónicamente.

Es importante mencionar que al hablar del Régimen FEL, no se refiere únicamente a la Factura, sino que existen otros Documentos Tributarios Electrónicos (DTE), los cuales se emiten y autorizan de forma electrónica.

  • Factura
  • Factura de pequeño contribuyente
  • Nota de crédito
  • Nota de débito
  • Nota de abono
  • Factura especial
  • Recibo de donación

¿Temes cambiarte a factura electrónica?

Desde que salió a la luz la noticia del nuevo Régimen Electrónico, ha existido polémica entre los contribuyentes, pues temen a que el ente recaudador guatemalteco los tenga controlados instantáneamente.

Sin embargo, el hecho que las facturas emitidas se encuentren en los servidores de la SAT, no es un riesgo como tal, sí cuentan con los controles internos adecuados para la emisión de los documentos y la correcta elaboración de la contabilidad.

Así mismo, existe la creencia errónea que inscribirse en el Régimen FEL es muy complicado y engorroso, sin embargo, solo se necesita contar con Agencia Virtual, tener actualizado los datos del RTU, estar al día con los impuestos y tener un establecimiento activo.

¿Sabes cuáles son los beneficios del Régimen de Factura Electrónica?

1.

Fácil habilitación al Régimen FEL, por medio de la Agencia Virtual.

2.

Puedes utilizar la plataforma de SAT para emitir los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) es gratuita y eficaz.  Sin embargo, si el movimiento de la empresa lo requiere, debes utilizar los servicios de un certificador externo e independiente, lo cual conlleva un costo mensual.

3.

Utilizar el Régimen FEL representa un ahorro para la empresa, ya que no será necesario pagar a una imprenta para la impresión de los documentos (factura, nota de crédito, nota de débito, nota de abono, factura especial, recibo de donación, etc.).

4.

El Régimen de Factura Electrónica en Línea FEL también brinda tranquilidad al contribuyente, ya que no tendrá que estar pendiente de la fecha de vencimiento de las facturas, pues las mismas no caducan. 

5.

La Factura Electrónica proporciona un ahorro en gastos de papel y a la vez contribuye con nuestro planeta, debido a que las facturas pueden ser emitidas desde un celular o computadora y ser enviadas por correo electrónico, WhatsApp, Messenger o cualquier medio de comunicación.

6.

Con la factura electrónica se resolverá el problema de la pérdida de dichos documentos, porque podrás consultar los emitidos y recibidos, desde tu agencia virtual, aún hasta desde la misma aplicación para móvil en Android y IOS.

7.

Podrás consultar y emitir facturas desde cualquier parte del mundo, únicamente con un celular o computadora y con conexión a internet.

Si necesitas ayuda para trasladarte al Régimen FEL y asesoría en tus asuntos contables, no dudes en contactarnos haciendo click aquí.

¡¡Con gusto podemos apoyarte!!

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Bono 14 en Guatemala

Bono 14 Guatemala

La “Bonificación Anual para los trabajadores” o mejor conocida como Bono 14 en Guatemala es una prestación obligatoria que debe pagar todo patrono a sus trabajadores durante la primera quincena del mes de julio de cada año.

Esta bonificación anual se estableció en el año 1992 a través del decreto 42-92 del Congreso de la República.

En este artículo podrás conocer cómo se debe calcular, cuál es la fecha máxima de pago, entre otros aspectos importantes a tomar en cuenta en el Bono 14.

Fecha de pago del Bono 14

Todo empleador tiene como fecha límite de pago el 15 de julio de cada año.

Este pago deberá realizarse en forma completa y no dividida.

Se debe tomar en cuenta que este pago no es opcional para el empleador, es obligatorio.

Cálculo del Bono 14 en Guatemala

El cálculo se realiza en base al 100% del salario ordinario devengado por el trabajador, calculando el promedio de los sueldos recibidos durante 1 año, comprendido del 1 de julio del año anterior al 30 de junio del presente año.

Si la duración de la relación laboral es menor a 1 año, el cálculo se realiza en base al sueldo proporcional del tiempo laborado, calculando el promedio de los sueldos recibidos durante dicho periodo.

Se debe tomar en cuenta que, para el cálculo respectivo, se debe incluir el salario ordinario y las comisiones. No se debe incluir la bonificación incentivo ni las horas extras. 

La fórmula para el cálculo es la siguiente:

Sueldo total promedio x días laborados dividido por 365 (año bisiesto 366)

Ejemplo: 1 año laborado

Ejemplo para bono 14

Otros aspectos importantes

Toda suspensión sin o con goce de sueldo del empleado, no afecta para el pago del Bono 14, esta prestación debe ser pagada por el empleador.

El valor del Bono 14 no se tomará en cuenta para determinar el aguinaldo anual regulado por las leyes que lo establecen.

Todo patrono que no cumpla con su obligación de pagar el Bono 14 puede recibir una sanción por parte de las autoridades competentes.

Si tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos.

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Permisos laborales para las madres trabajadoras y otras obligaciones del patrono

Permisos laborales para madres trabajadoras y otras obligaciones del patrono

Durante la maternidad las madres trabajadoras gozan de derechos especiales que garantizan su protección en el empleo, por lo que consideramos importante que los patronos conozcan sus obligaciones con dichas trabajadoras:

Asueto por el Día de la Madre

Según el Decreto 17-94 del Congreso de la República, de fecha 5 de octubre de 1968, el día 10 de mayo se declaró como el Día de la Madre, con el objeto de enaltecer que la madre es el fundamento de la familia.

Durante dicho día, toda madre trabajadora tiene derecho de gozar su asueto con el pago íntegro de su salario. En caso la trabajadora, por la naturaleza de su puesto, no goce del asueto, deberá remunerársele como salario extraordinario.

Otras obligaciones del patrono con madres trabajadoras

Asimismo, es importante mencionar que en el Código de Trabajo se encuentran estipuladas las obligaciones que los patronos tienen con sus madres trabajadoras, las cuales se resumen en lo siguiente:

Prohibición de despido para embarazadas

Las trabajadoras embarazadas o en período de lactancia gozan de inamovilidad, esto quiere decir que el patrono tiene prohibido despedir a las trabajadoras según el artículo 151.

En caso exista una falta grave del contrato, el patrono debe gestionar el despido ante los tribunales de trabajo y el despido se hará efectivo hasta el momento de tener la autorización por escrito del Tribunal.

 Es importante mencionar que las trabajadoras embarazadas deben de dar aviso de su estado a su patrono con su debida certificación médica para su protección definitiva a través de la inamovilidad.

Prohibición de ejecutar esfuerzo físico considerable para embarazadas

Los patronos no pueden exigir a sus trabajadoras embarazadas que elaboren trabajos que requieran un esfuerzo físico considerable durante los tres (3) meses antes del nacimiento de su hijo, según el artículo 151.

Descanso remunerado para embarazadas

Según el artículo 152, el patrono debe pagar el 100% del salario a las trabajadoras embarazadas durante su descanso retribuido de 84 días efectivos, salvo que esté acogida a los beneficios del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.

Este descanso retribuido se compone de 30 días antes del nacimiento y 54 días posteriores al nacimiento de su hijo.

En caso las trabajadoras embarazadas no puedan gozar del descanso previo al parto, se debe acumular dichos días para después del nacimiento de su hijo.

Descanso remunerado para mujeres que han tenido un aborto no intencional o parto prematuro no viable

Toda trabajadora que ha sufrido un aborto no intencional o parto no viable tiene derecho de gozar de un descanso remunerado, el cual se debe reducir a la mitad, según el artículo 152.

Licencia postparto para trabajadoras que optan por la adopción

Toda trabajadora que adopte a un menor de edad, tiene derecho a una licencia postparto para que ambos gocen de un período de adaptación, dicha licencia iniciará a partir del día inmediato siguiente que el menor sea entregado, según el artículo 152.

Período de lactancia

Durante este periodo, la madre trabajadora tiene derecho a un plazo de media hora, dos veces por día o podrá acumular dichas horas para entrar una hora después de su inicio de jornada o salir una hora antes que culmine su jornada laboral.

Acondicionar espacios para madres trabajadoras

Según el Artículo 155 todo patrono que tenga a su servicio más de treinta trabajadoras, tiene la obligación de acondicionar un espacio seguro para que las madres puedan alimentar a sus hijos menores de tres años, al igual que puedan dejarlos durante su jornada laboral. Este lugar debe ser en base a las posibilidades económicas del patrono y a juicio de la Inspección General de Trabajo.

Te recomendamos tomar en cuenta lo anterior para no incurrir en infracciones laborales, si te surge cualquier consulta quedamos a la orden. Contáctanos